¿Por qué no nos dejan hacer en la calle? [Prácticas de control social y privatización de los espacios en la ciudad capitalista] forma parte de una trilogía escrita por el Grupo de Estudios Antropológicos ‘La Corrala’, sito en la ciudad de Granada y formado por Ariana Sánchez Cota, Esther García García y Juan Rodríguez Medela. La primera obra fue Aprendiendo a decir NO. Conflictos y resistencias en torno a la forma de concebir y proyectar la ciudad (Rodríguez y Salguero, 2009), donde ya reflexionaban sobre la construcción capitalista que se hace de la ciudad mediante la expulsión de los habitantes originales de los barrios que pueden situar a Granada como destino turístico o potenciar su marca de ciudad. La segunda, Transformación urbana y conflictividad social. La construcción de la Marca Granada 2013-2015 (Rodríguez y Salguero, 2012) ahondaba en el mismo tema pero se centraba en los cambios más evidentes a raíz de la celebración de megaeventos culturales.

En esta tercera obra (2013), los autores se centran en la ordenanza municipal que se aprobó en la ciudad el año 2009 y que seguía los pasos de la que fue pionera en el Estado español en aprobar su propia ordenanza: Barcelona (2006). El caso de Barcelona fue sonado pues su nueva normativa prohibía actos tan baladíes como el de ir sin camiseta por la calle (pues los turistas daban mala imagen), beber alcohol en lugares públicos (ojo: salvo terrazas o cualquier otro lugar sancionado, a ello llegaremos luego), mendicidad, prostitución y tantas otras. Tras el de Barcelona, muchas otras ciudades fueron aprobando sus propias normativas hasta el extremo de que la Federación de Municipios aconseja a todos que lo hagan y ofrece en su página web un modelo estándar para iniciarse.
En la Ordenanza de convivencia de Granada, en vigor desde 2009, aparecen de forma recurrente las nociones de « democracia», «ciudadanía» y «espacio público» sin definir y explicar qué se entiende por cada una de ellas, de manera que parecieran términos absolutos, neutrales y objetivos, cuando de hecho no lo son.
(…) Nuestra propuesta establece que dicha Ordenanza oculta las posibles divergencias que podrían surgir -y que de hecho surgen- en torno a las nociones de ciudadanía y espacio público, a la vez que niega otras maneras de entender qué significa ser ciudadano y espacio público, con la finalidad de otorgar un significado hegemónico y dominante, que permita legislar desde presupuestos de tolerancia cero, aquellas conductas que se relacionan con el desorden social como equivalente a la delincuencia. (p. 21)
La política de la ‘tolerancia cero’ se puede situar en Nueva York en los años 80 y partiría de la teoría de las ventanas rotas de la que hablamos a propósito del libro Metrópolis de Jerome Charyn. Ciertos psicólogos observaron que, si la ventana de un edificio estaba rota, y seguía rota días y días, «incitaba» al delito en los paseantes; es decir, se sobreentendía que nadie se preocupaba por ese lugar y, por lo tanto, que no pasaba nada por romper otra ventana. A partir de ahí, los delitos aumentaban: se rompían ventanas, se vandalizaba el lugar, se okupaba. Los estudias hablaban del umbral de delincuencia: lo fácil o difícil que era cometer un delito en función del contexto.
En la Nueva York de los 80, una ciudad casi en bancarrota y con los servicios sociales bajo mínimos, el metro estaba lleno de pintadas y se percibía como un lugar de delincuencia. Por ello, siguiendo la teoría anterior, se le dio un lavado de cara y los crímenes se redujeron. A partir de ahí se aplicó la misma doctrina en las calles: que ningún crimen, aunque fuese menor, quedase sin castigo, por lo que se aumentó la presencia policial y se redujeron los trámites necesarios para imponer sanciones. Aún más: fuera de las calles toda persona sospechosa; y a partir de ahí se criminalizó a drogadictos, prostitutas, vagabundos, extranjeros.
Ésa es la idea de espacio público que se trata de imponer desde entonces: el de un lugar homogéneo, una ágora entre iguales donde la urbanidad se lleva a cabo envuelta en civismo y respeto, como ya denunciaba Manuel Delgado en el vídeo Espacio público y exclusión social.
De este modo, se promueve cada vez más la transformación del espacio público en propiedad; se afirma que determinados grupos y determinadas acciones producen conflictos, y se niega la posibilidad de que dichos grupos estén reconocidos como interlocutores válidos en el debate.
(…) Al presentar el espacio público como un espacio armónico anterior, parecería que estos grupos no pertenecieran de manera natural al mismo, sino que fueran portadores del conflicto. Esta asociación estereotipada y estigmatizante sirve a las instituciones y a los medios de comunicación de masas para focalizar la acción sobre ellos, con el objetivo de que el espacio público pueda recuperar esa presunta plenitud perdida. (p. 28)
Los ejes sobre los que se centró la Ordenanza en el caso concreto de Granada fueron el botellón, la prostitución, la presencia de gitanos rom en algunos lugares de la ciudad, la mendicidad, los graffiti y la venta ambulante. En todos estos casos se usó la connivencia con los medios de comunicación para crear una alarma social, dar a entender que existe un problema y que éste es insoluble y que, por lo tanto, la única forma de capearlo es imponer sanciones. En todos los casos, sólo se consigue sancionar el hecho y apartarlo del centro de la ciudad, no impedirlo. Los ejemplos son múltiples: los botellones, que se expulsan hacia las afueras; o la prostitución, que al ser sancionadas tanto las trabajadoras como los clientes simplemente se desplazó hacia zonas más peligrosas.
El objetivo de la Ordenanza no es tanto que la policía disponga de una normativa que le permita sancionar distintos hechos, sospechosos de no comulgar con la idea institucionalmente establecida de espacio público, sino sobre todo cambiar la propia concepción del espacio público, conseguir que la ciudadanía interiorice esa nueva concepción. Por ejemplo: en Barcelona está terminantemente prohibido, y muy sancionado, orinar en la calle. Y, sin embargo, jamás se han instalado baños públicos, obligando a todos los habitantes que tengan dicha necesidad a consumir en un espacio privado para poder usar sus instalaciones. O los usos de las playas, donde el baño y la masificación veraniegas son bienvenidas, pero el ocio nocturno o beber en la arena están prohibidos; y se habla entonces de desperdicios y la cantidad de dinero necesario para limpiar las playas. Hay usos que las autoridades permiten; y otros que condenan.
Pero las multas no son el único medio para imponer el uso estándar del espacio público. La instalación de cámaras, la destrucción de escalones para convertirlos en rampas e impedir que los jóvenes se sienten en ellas, los bancos individuales que promueve la arquitectura hostil o programar la limpieza con mangueras de las plazas a las horas de máxima afluencia de la juventud (para que no puedan sentarse en el suelo mojado) son otras formas de imponer esa concepción unívoca que huye del conflicto y que se niega a entender que eso, el conflicto, la pugna por la posesión del espacio y por su uso, forma parte del derecho a la ciudad y es la base de las calles.